Lo que exige la ley
El art. 11 de la Ley 820 de 2003 obliga a expedir un comprobante escrito del pago con tres datos:
- La fecha: el día en que recibiste el pago.
- La cuantía: el valor que recibiste, en pesos.
- El período: el tiempo que cubre el pago, por ejemplo, "octubre de 2026".
Otros datos que conviene incluir
El art. 11 no los menciona, pero evitan confusiones:
- el nombre de quien paga y de quien recibe,
- la dirección del inmueble,
- la firma de quien recibe,
- el medio de pago: efectivo, transferencia, Nequi o Daviplata,
- un número consecutivo, para encontrar cada recibo fácilmente.
Si el inquilino paga por partes
Haz un recibo por cada pago, con el valor que recibiste ese día y el período al que corresponde. Así los dos saben cuánto se ha pagado y cuánto falta.
Cómo hacerlo gratis
Con nuestro generador de recibo llenas los datos y descargas el PDF para imprimirlo o enviarlo por WhatsApp. No guardamos lo que escribes.